ECOLOGIZATE
BLOG DEDICADO A LA BÚSQUEDA DE UNA EDUCACIÓN EN ECOLOGÍA, CREADO POR LA ALUMNA MQL OCTAVO SEMESTRE; PROFESOR ARQ RAFAEL HUACUZ ELIAS. ARQUITECTURA UNIVERSIDAD VASCO DE QUIROGA
lunes, 4 de junio de 2012
JOACHIM EBLE
Eble es el fundador y propietario de Joachim Eble Architektur, uno de los principales despachos de Europa en empresas de diseño sostenible y pionero en el campo de la calidad ambiental interior, eco-arquitectura y el urbanismo sostenible. Un arquitecto altamente calificado y diseñador urbano, Eble tiene más de 25 años experimentando en los principales proyectos de planificación urbana en Alemania, Europa y Taiwán, la creación de excepcionales enfoques de diseño sostenible y la supervisión de la calidad urbana en los procesos de planificación. Es también un consultor de la sostenibilidad en el clima que responde a diseño urbano, energia renovable y agua, las estrategias de conservación derivadas de las experiencias con el modelo proyectos, proyectos de investigación nacionales e internacionales y la participación en la planificación de las organizaciones.
domingo, 3 de junio de 2012
lunes, 21 de mayo de 2012
TAIGA
La Taiga es el bioma que se desarrolla al sur de la tundra, formando una
banda casi continua de bosques de
coníferas que se extienden por las regiones subárticas del interior de Eurasia y Norteamérica. Es el bosque más
septentrional (la mayor parte se extiende entre los 50 y 60º de latitud norte),
por lo que también se le conoce como Bosque Boreal (boreas en griego significa
norte). Este bioma aparece solamente en el Hemisferio Norte, pues en el
Hemisferio Sur en estas latitudes no existen masas continentales. Aún así es
uno de los biomas más extensos de la Tierra. Se extiende por Alaska y Canada en
el continente norteamericano y por Escandinavia y el norte de Rusia (Siberia)
en el continente euroasiático
Estos bosques boreales está formados mayoritariamente por coníferas
(piceas, abetos, pinos, alerces) y durante la mayor parte del año se encuentran
cubiertos de nieve. Su aspecto suele ser muy homogéneo, pues están dominados
por pocas especies y con un aspecto similar: árboles de troncos rectos y
forma cónica, con hojas pequeñas y estrechas (aciculares).
Es, junto a la tundra, uno de los biomas de los climas fríos de la Tierra.
Se desarrolla bajo el clima de los bosques boreales (clima de tipo subártico y
continental) caracterizado por largos inviernos con muy bajas temperaturas
(hasta seis meses con temperaturas medias inferiores a los 0º C) y por cortos y
moderadamente cálidos veranos, que ya permiten el desarrollo de la vegetación
boscosa. Ya habíamos comentado en el bioma de la tundra, que el límite entre la desarbolada tundra y
la boscosa taiga coincide aproximadamente con la isoterma de los 10 ºC en
verano. Las precipitaciones no son muy abundantes (entre los 250 y 700 mm
anuales), aunque las bajas temperaturas hacen que la evaporación sea escasa.
En gran parte de su área el clima es
muy continental, con grandes diferencias de temperatura entre el verano y el
invierno (en Siberia se alcanzan normalmente
temperaturas inferiores a los 40ºC en invierno y superiores a los 15 ºC en
verano). Esta continentalidad se suaviza en la zona occidental de los
continentes (Escandinavia y Alaska), donde el clima no es tan riguroso. En la mayor parte de la taiga la duración de
la estación de crecimiento de la vegetación alcanza los 3 o 4 meses anuales.
Las zonas actualmente ocupadas por
la taiga se encontraban ocupadas por los hielos de la última glaciación hace
unos pocos miles de años (hace 18000 años del último máximo glacial), por lo
que la geomorfología de los terrenos ocupados por este bioma es típicamente
glacial. Extensas áreas de la taiga más septentrional se encuentran ocupadas
por el Permafrost o capa de suelo permanentemente helada en profundidad (en
gran medida herencia de la última glaciación). Este permafrost no es continuo
ni tan profundo como el existente en la tundra. En la taiga normalmente se
encuentran libres de hielo las laderas orientadas al sur y las llanuras de
inundación de los ríos. Conforme nos dirigimos hacia el sur este permafrost se
va haciendo más discontinuo y esporádico.
La superficie del suelo sí se
encuentra helada gran parte del año, pero en verano se deshiela hasta una
profundidad mayor que lo que ocurría en la tundra, lo que permite que los
sistemas radiculares de lasl plantas alcancen mayor profundidad. En las zonas
donde existe capa de permafrost que impide el drenaje en profundidad son
frecuentes las zonas encharcadas y suelos muy húmedos. Debido también a la baja
evaporación y a la geomorfología glaciar son frecuentes los lagos, las turberas
y las zonas pantanosas.
Estos bosques de coníferas se encuentran frecuentemente asociados con
suelos de tipo podsol ( o spodosoles), de carácter ácido y pobres en
nutrientes. Los procesos de podsolización (lavado del hierro y del aluminio
junto a compuestos orgánicos solubles desde los horizontes superficiales hasta
los horizontes más profundos) llevan a la aparición de horizontes
subsuperficiales (horizonte A2) muy lavados, de color claro (podsol o podzol significa suelo ceniciento en ruso)
y horizontes de acumulación en profundidad (horizontes Bh y Bs). En el
horizonte más superficial (horizonte A0) se acumula la hojarasca de las
coníferas y la materia orgánica poco transformada (humus tipo mor). Esta
acumulación es debida a las bajas temperaturas que dificultan su descomposición
por los microorganismos. Todos estos procesos llevan a la acidificación del
suelo y a los bajos niveles de calcio, nitrógeno y otros nutrientes que
caracterizan estos suelos.
Las adaptaciones de la fauna a este clima tan riguroso comprenden:
migraciones (muchas aves), hibernación (algunos mamíferos como el oso), pelaje
blanco invernal (zorro, lobo, liebre, buho,..), almacenamiento de semillas para
el invierno (ciertas aves, ardillas,..) y desarrollo de pelajes invernales con
un gran aislamiento térmico (marta, armiño,..). (Estas pieles han sido muy cotizadas por la peletería y ya en el
siglo XVIII comenzó la exploración de estas regiones por los tramperos para la
explotación de las pieles con fines comerciales, lo que diezmó la fauna).
Al igual que ocurre con la tundra, en las montañas de latitudes situadas
más al sur, también se desarrollan bosques de coníferas similares a la taiga.
Son los bosques de coníferas de montaña, que se extienden por debajo de la
tundra alpina en las altas montañas de la zona templada de Norteamérica
(Montañas Rocosas, Sierra Nevada, Sierra Madre), Eurasia (Pirineos, Alpes,
Carpatos, Caucaso, Himalaya) y norte de Africa (Atlas). Aunque el clima de
estas zonas es frío y las precipitaciones en invierno son en forma de nieve, en
verano se alcanzan mayores temperaturas y la estación de crecimiento es más
larga que en los climas boreales. Como ya nos encontramos en las latitudes templadas,
la duración de las estaciones y la distribución de las horas de sol a lo largo
del año es la propia de estas latitudes.
TUNDRA!
La tundra se encuentra junto a las zonas de nieves perpetuas. La dureza del
clima no permite la existencia de árboles. Su suelo -permafrost- está helado
permanentemente, excepto un breve deshielo superficial en los dos meses más
calurosos. Las temperaturas medias oscilan entre - 15ºC y 5ºC y las
precipitaciones son escasas: unos 300 mm al año. En el ecosistema de tundra los
factores limitantes son la temperatura y la escasez de agua.
La tundra ártica, en el hemisferio Norte, es la más extensa (unos 20 000
km2) y forma un cinturón que cruza América y Eurasia, inmediatamente al sur del
casquete de hielos del Artico entre las nieves perpetuas y los bosques de
coníferas.. Las llamadas tundras alpinas se sitúan en las altas montañas, por
debajo de las zonas glaciares. En el hemisferio Sur no existe, prácticamente,
tundra al ser un hemisferio ocupado en su mayor parte por el océano. Solo la
Península Antártica corresponde a este tipo de bioma.
En las pocas semanas de deshielo superficial se forman charcas y todo tipo
de humedales ya que la capa inferior del suelo al permanecer helada es
impermeable e impide que el agua percole. Estas zonas pantanosas son ideales
para el desarrollo de los insectos y en verano recubren la tundra gigantescas
nubes de mosquitos.
Suelo y vegetación
El suelo es muy pobre y el manto vegetal es delgado, pero de los más
resistentes del mundo. Está formado por líquenes, gramíneas y juncos. En pocas
semanas, aprovechando el corto verano, germinan, se desarrollan y se
reproducen.
Vida animal
Las vida animal presenta un gran interés. Por una parte, como se ha
comentado, abundan los insectos en la época de deshielo. La unión de grandes
cantidades de insectos y la proliferación de las plantas hace que sea un lugar
ideal para la nidificación de un gran número de aves migratorias. Acuden aquí
desde todo el mundo y en pocas semanas se alimentan de insectos y semillas con
gran intensidad, aprovechando además la larga duración del día ártico. En poco
tiempo pueden cebar a sus crías acortando el tiempo de este peligroso periodo
de sus vidas. Grullas, ánsares, cisnes, limnícolas (correlimos, zarapitos,
archibebes, …) y un largo etcétera de especies de aves crían en la tundra.
Entre los fitófagos (consumidores primarios) se encuentran el reno, el buey
almizclero, el lobo, la liebre ártica, los ánsares, las limnícolas y el
lemming. De ellos se alimentan el halcón gerifalte y el búho nival, el zorro
ártico y, por encima de todos, el oso polar.
En el litoral hay abundancia de focas, nutrias y otros mamíferos marinos
Impactos ambientales
El impacto del hombre sobre este ecosistema está muy unido, en la
actualidad, a la explotación de recursos petrolíferos y minerales; e irá
aumentando en los próximos años, si no se controla adecuadamente.
LGEEPA
Su antecedente más cercano es la Ley Federal para Prevenir y Controlar la
Contaminación de 1971
La Ley Federal de Protección al
Ambiente de 1982;
En el año de 1988 durante el mandato
del Licenciado Miguel De la Madrid Hurtado, se decreta la primera ley marco con
pretensiones de ordenar el ambiente
En el año 1996 sufre una
trascendental reforma.
La LGEEPA sufrió una modificación
trascendental en el año de 1996, publicada el 13 de diciembre. En virtud de
ello es necesario analizar la exposición de motivos con la finalidad de conocer
cuales son los objetivos y metas que se pretender alcanzar con estas reformas.
Las reformas, adiciones y
derogaciones que se hicieron fueron producto de las consideraciones,
recomendaciones e inquietudes que fueron propuestas por los diversos sectores
de la sociedad durante la Consulta Nacional sobre Legislación Ambiental,
convocada en el año de 1995 por la comisión de ecología y medio ambiente de las
cámaras de diputados y senadores.
A dicha convocatoria
respondieron organizaciones son gubernamentales, centro de investigación,
universidades, agrupaciones de productores, cámaras empresariales, dependencias
y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal,
organismos cívicos internaciones, entre otros.
Entre los motivos que
impulsaron esta reforma fue el anhelo de los mexicanos a vivir en un ambiente
sano y adecuado para la vida y el desarrollo de nuevas generaciones, así como
promover el desarrollo sustentable de los recursos naturales y la viabilidad de
las normas propuestas en atención a los factores económicos, sociales y
culturales que inciden en la eficacia de las mismas.
En términos generales
esta modificación tuvo como propósito:
Establecer un proceso de descentralización ordenado, efectivo y gradual de
la administración, ejecución y gradual de la administración, ejecución y
vigilancia ambiental a favor de las autoridades locales.
Ampliar los márgenes de participación ciudadana en la gestión ambiental, a
través de mecanismos como la denuncia popular, el acceso a la información
ambiental y la posibilidad de impugnar por medio jurídicos los actos que dañen
el ambiente en contravención de la normatividad vigente.
Reducir los márgenes de discrecionalidad de la autoridad, a fin de ampliar
la seguridad jurídica de la ciudadanía en materia ambiental.
Incorporar instrumentos económicos de gestión ambiental, al igual que
figuras jurídicas de cumplimiento voluntario de la ley, como las auditorias
ambientales.
Fortalecer y enriquecer los instrumentos de la política ambiental para que
se cumplan eficazmente con su finalidad.
Incorporar definiciones de conceptos hoy considerados fundamentales como
los de sustentabilidad y biodiversidad, a fin de aplicarlos en las distintas
acciones reguladas por el propio ordenamiento.
Asegurar la congruencia de la LGEEPA con las leyes sobre normalización,
procedimientos administrativos y organización de la administración pública
federal.
La descentralización de la materia ambiental
A través de esta ley se
pretende lograr la descentralización de la materia ambiental mediante la
participación de los Estados y Municipios, control de residuos, evaluación de
impacto ambiental, control de acciones para protección, preservación y
restauración en la zona federal marítima terrestre y cuerpos de aguas
nacionales, entre otros.
Esta ley es orden público
e interés social y tiene por objeto propiciar el desarrollo sustentable y
además:
I.- Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente
adecuado para su
desarrollo, salud y bienestar;
II.- Definir los principios de la política ambiental y los instrumentos
para su aplicación;
III.- La preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente;
IV.- La preservación y protección de la biodiversidad, así como el
establecimiento y administración de las áreas naturales protegidas;
V.- El aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la
restauración del suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que
sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la
sociedad con la preservación de los ecosistemas;
VI.- La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo;
VII.- Garantizar la participación corresponsable de las personas, en forma
individual o colectiva, en la preservación y restauración del equilibrio
ecológico y la protección al ambiente;
VIII.- El ejercicio de las atribuciones que en materia ambiental
corresponde a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios,
bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción XXIX - G
de la Constitución;
IX.- El establecimiento de los mecanismos de coordinación, inducción y
concertación entre
autoridades, entre éstas y los sectores social y privado, así como con
personas y grupos sociales, en materia ambiental, y
X.- El establecimiento de medidas de control y de seguridad para garantizar
el cumplimiento y la aplicación de esta Ley y de las disposiciones que de ella
se deriven, así como para la imposición de las sanciones administrativas y penales
que correspondan.
La LGEEPA, cuenta con seis
títulos y sus respectivos capítulos
. El Primer Título se refiere a las Disposiciones Generales, se compone de
cuatro capítulos y nueve secciones
. En el Primer Capítulo relativo a las Normas Preliminares, establece el
objeto de la ley, las razones por las cuales es considerada de utilidad
pública, y un glosario, de términos que se utilizarán en materia ambiental.
Dentro del Capítulo II
titulado de la Distribución de Competencias y Coordinación, establece que la
Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios ejercerán sus
atribuciones en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico
y la protección al ambiente, determina de forma específica las facultades de la
Federación, de los Estados y los Municipios, los convenios y acuerdos de
coordinación que podrán celebrar los tres niveles de gobierno, a fin de cumplir
con su cometido; siendo este uno de los rasgos característicos y a través de
los cuales se pretendió solucionar el problema de la competencia en materia
ambiental.
El Capítulo III,
relativo a la Política Ambiental establece en primer lugar los principios que
deberán regir a dicha política como son:
I.- Los ecosistemas son patrimonio común de la sociedad y de su equilibrio
dependen la vida y las posibilidades productivas del país;
II.- Los ecosistemas y sus elementos deben ser aprovechados de manera que
se asegure una
productividad óptima y sostenida, compatible con su equilibrio e
integridad;
III.- Las autoridades y los particulares deben asumir la responsabilidad de
la protección del
equilibrio ecológico;
IV.- Quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el
ambiente, está obligado a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause,
así como a asumir los costos que dicha afectación implique. Asimismo, debe
incentivarse a quien proteja el ambiente y aproveche de manera sustentable los
recursos naturales;
V.- La responsabilidad respecto al equilibrio ecológico, comprende tanto
las condiciones presentes como las que determinarán la calidad de la vida de
las futuras generaciones;
VI.- La prevención de las causas que los generan, es el medio más eficaz
para evitar los desequilibrios ecológicos;
VII.- El aprovechamiento de los recursos naturales renovables debe
realizarse de manera que se asegure el mantenimiento de su diversidad y
renovabilidad;
VIII.- Los recursos naturales no renovables deben utilizarse de modo que se
evite el peligro de su agotamiento y la generación de efectos ecológicos
adversos;
IX.- La coordinación entre las dependencias y entidades de la
administración pública y entre los distintos niveles de gobierno y la concertación
con la sociedad, son indispensables para la eficacia de las acciones
ecológicas;
X.- El sujeto principal de la concertación ecológica son no solamente los
individuos, sino también los grupos y organizaciones sociales. El propósito de
la concertación de acciones ecológicas es reorientar la relación entre la
sociedad y la naturaleza;
XI.- En el ejercicio de las atribuciones que las leyes confieren al Estado,
para regular, promover, restringir, prohibir, orientar y, en general, inducir
las acciones de los particulares en los campos económico y social, se
considerarán los criterios de preservación y restauración del equilibrio
ecológico;
XII.- Toda persona tiene derecho a disfrutar de un ambiente adecuado para
su desarrollo, salud y bienestar. Las autoridades en los términos de esta y
otras leyes, tomarán las medidas para garantizar ese derecho;
XIII.- Garantizar el derecho de las comunidades, incluyendo a los pueblos
indígenas, a la protección, preservación, uso y aprovechamiento sustentable de
los recursos naturales y la salvaguarda y uso de la biodiversidad, de acuerdo a
lo que determine la presente Ley y otros ordenamientos aplicables;
XIV.- La erradicación de la pobreza es necesaria para el desarrollo
sustentable;
XV.- Las mujeres cumplen una importante función en la protección,
preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y en el
desarrollo. Su completa participación es esencial para lograr el desarrollo
sustentable;
XVI.- El control y la prevención de la contaminación ambiental, el adecuado
aprovechamiento de los elementos naturales y el mejoramiento del entorno
natural en los asentamientos humanos, son elementos fundamentales para elevar
la calidad de vida de la población;
XVII.- Es interés de la nación que las actividades que se lleven a cabo
dentro del territorio nacional y en aquellas zonas donde ejerce su soberanía y
jurisdicción, no afecten el equilibrio ecológico de otros países o de zonas de
jurisdicción internacional;
XVIII.- Las autoridades competentes en igualdad de circunstancias ante las
demás naciones, promoverán la preservación y restauración del equilibrio de los
ecosistemas regionales y globales;
IX.- A través de la cuantificación del costo de la contaminación del
ambiente y del agotamiento de los recursos naturales provocados por las
actividades económicas en un año determinado, se calculará el Producto Interno
Neto Ecológico. El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática
integrará el Producto Interno Neto Ecológico al Sistema de Cuentas Nacionales y
XX.- La educación es un medio para valorar la vida a través de la
prevención del deterioro
ambiental, preservación, restauración y el aprovechamiento sostenible de
los ecosistemas y con ello evitar los desequilibrios ecológicos y daños
ambientales.
El Capítulo IV relativo a los
Instrumentos de la Política Ambiental se integra de nueve secciones;
La sección I, se refiere a la
Planeación Ambiental mencionando a quien corresponde su elaboración y su
acción.
En la sección II relativa
al Ordenamiento Ecológico del Territorio, menciona los criterios para llevar a
cabo dicho ordenamiento, los programas que se aplicarán, el contenido de estos
y el procedimiento para elaborarlos.
En la sección III habla
de los Instrumentos Económicos, su finalidad, su clasificación y aplicación.
En la sección IV menciona
la Regulación Ambiental de los Asentamientos Humanos únicamente se habla de los
criterios que se tomarán en cuenta para su regulación.
En la sección V de la
Evaluación de Impacto Ambiental, lo define, establece los procedimientos para
llevarlos a cabo, habla de los informes preventivos y hace alusión al
reglamento correspondiente.
La sección VI habla de
las Normas Oficiales Mexicanas en Materia Ambiental, estableciendo el objeto o
finalidad de estas y los procedimientos para llevarlas a cabo.
La sección VII es
relativa a la Autorregulación y Auditorias Ambientales en donde establece que
los productores, empresas u organizaciones empresariales podrán desarrollar
procesos voluntarios de autorregulación ambiental, a través de los cuales
mejoren su desempeño ambiental, respetando la legislación y normatividad
vigente en la materia.
La sección VIII habla de
la Investigación y Educación Ecológicas, estableciendo que las autoridades
competentes promoverán la incorporación de contenidos ecológicos,
conocimientos, valores y competencias, en los diversos ciclos educativos,
especialmente en el nivel básico, así como en la formación cultural de la niñez
y la juventud.
Por último la sección
IX habla de la Información y Vigilancia
que se encuentra actualmente derogada.
La parte medular de la
presente legislación se encuentra en este primer título, por lo que se
enunciará de manera breve los siguientes títulos y capítulos.
El Título Segundo es el
relativo a la Biodiversidad, integrado por 3 capítulos: el primero trata todo
lo referente a las Áreas Naturales Protegidas, este a su vez se divide en
cuatro secciones, la primera de las disposiciones generales, la segunda del
tipo y características de las áreas naturales protegidas, la tercera de la
declaratoria para el establecimiento, administración y vigilancia de áreas
naturales protegidas y finalmente la cuarta del Sistema Nacional de Áreas
Naturales Protegidas; el capítulo segundo habla de las Zonas de Restauración y
finalmente el capítulo tercero habla de la Flora y Fauna silvestre
El Título Tercero
relativo a los Aprovechamiento Sustentable de los Elementos Naturales, se
compone de tres capítulos
: capítulo primero relativo al
Aprovechamiento Sustentable del agua y los ecosistemas acuáticos
; capítulo segundo habla de la
preservación y aprovechamiento sustentable del suelo y sus recursos
capítulo tercero habla de la
exploración y explotación de los recursos no renovables en el equilibrio
ecológico.
El Título Cuarto relativo
a la Protección al Ambiente, se compone de 8 capítulos, el primero relativo a
las Disposiciones Generales; el segundo es la Prevención y Control de la
Contaminación de la Atmósfera; el capítulo tercero es la Prevención y Control
de la Contaminación del Agua y de los Ecosistemas Acuáticos; el capítulo cuarto
es la Prevención y control de la Contaminación del Suelo; el capítulo quinto
son las Actividades Consideradas como Altamente Riesgosas; el capítulo seis son
los Materiales y Residuos Peligrosos; capítulo séptimo es la energía nuclear;
el capítulo octavo es relativo al ruido, vibraciones, energía térmica y
lumínica olores y contaminación visual
. El Título Quinto es el
referente a la Participación Social e Información Ambiental, se integra de dos
capítulos;
el primero es el de Participación Social y
el segundo de Derecho a la Información Ambiental
. Finalmente el Título
sexto que se integra de ocho capítulos relativos; capítulo primero a las
Disposiciones Generales; capítulo segundo es la Inspección y Vigilancia; el
capítulo tercero son las Medidas de Seguridad; el capítulo cuarto son las
Sanciones Administrativas; el capítulo quinto es el Recurso de Revisión; el
capítulo sexto son los Delitos del Orden Federal y finalmente el capítulo
octavo es la Denuncia Popular
. Dada la naturaleza de
la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, al
constituirse como una Ley Marco, existen un gran número de Reglamentos
derivados de esta, por lo que nos permitiremos enunciar los más significativos:
Para la Evaluación del Impacto Ecológico.
Para la Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera.
Para los Residuos Peligrosos.
En materia de Auditoria Ambiental.
En materia de Áreas Protegidas.
Para la prevención y control de la Contaminación generada por vehículos
automotores.
Cabe destacar, que no solo se derivan
reglamentos de la LGEEPA, sino que también una serie de acuerdos, guías para la
elaboración de manifiestos, entre otros documentos que forman parte de la gran
gama de la legislación ambiental mexicana.
martes, 15 de mayo de 2012
sábado, 28 de abril de 2012
¿LA BASURA ES LA SOLUCIÓN?
Es importante considerar el hecho de
que todo esta relacionado entre si, por lo cual es necesario que comencemos a
tener una conciencia mas amplia de la forma en que afectamos nuestro medio lo
cual posteriormente nos repercute directamente. El hombre a través de los años
ha intentado trascender en la historia, pero esto de igual manera lo ha alejado
de su origen; la naturaleza. Se ha centrado en crear sus propios paisajes de
concreto, dejando cada vez menos áreas verdes y destruyendo su entorno, por su
hambre de conquista.
Esta necesidad de conquista aterriza
en el consumismo, esto genera desperdicios; que van aumentando acorde a la
clase social, incrementa en gran medida los desperdicios, el uso de la
mercadotecnia ha creado una actitud obsesiva impulsiva a favor del capitalismo.
Sin embargo, es posible que a través
de la basura podamos regresar a nuestro punto de origen y de esa manera
reutilizar todos los elementos posibles a favor tanto del planeta como en un
futuro de nosotros mismos.
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